miércoles, 22 de agosto de 2007

La Quiebra

Desde finales del el siglo XIX, se promulgaron legislaciones que regulaban la suspensión de pagos y los procesos de quiebra, permitiendo a los morosos liquidar sus bienes y pagar sus deudas con estos ingresos. Al moroso no se le permite quedarse con la propiedad hasta no haya liquidado sus deudas.

La Quiebra es una situación jurídica en la que una persona, empresa o institución no pude hacer frente alo pagos que debe realizar (pasivos) estos superiores a sus recursos económicos disponibles (activos).

Opciones declaración de quiebra
Suspensión de pagos, vender los activos de la empresa, realizar una ampliación del capital, emitir una nueva deuda.
Nombramiento de administrador, es buscar uno independiente que trabaje pensando en los intereses de los acreedores.
Designación de un sindico; este decidirá si se conserva la empresa o se liquida.
Liquidación; es la venta de todos los activos de la empresa para satifacer a los acreedores con los ingresos obtenidos, (los acreedores tienen preferencia sobre los accionistas).

Clases de quiebra
Fortuitas, es la causa mayor que conduce al comerciante a la cesación de sus pagos, imposibilidad de continuar sus negocios.
Culpable; es la ocasionada por una conducta imprudente de parte del fallido, la cual actúa haciendo gastos desmesurados, abandono de los negocios por dedicarse a juegos de azar o en cualquier otro tipo de imprudencia.
Fraudulenta; es cuando se hacen actos (gastos o perdidas, simula deudas, enajenaciones), que perjudican a sus acreedores.

Insolvencia; es aquella persona o empresa que se encuentra en una situación en que sus deudas son superiores a su patrimonio, por lo que el deudor deja de pagar a sus acreedores. La insolvencia puede ser relativa; donde el deudor tiene suficiente patrimonio pero existe la falta de liquidez por lo que tiene que convertir dicho patrimonio en dinero, o definitiva; donde es total, el patrimonio no cubre las deudas.

Características de la Quiebra
Es una situación de insolvencia generalizada, la que lo diferencia de la mera cesión de pagos.
Es una situación de insolvencia permanente en el tiempo.
Es una situación de insolvencia susceptible de ser apreciada objetivamente a través de hechos indiciados de quiebra.
Es una situación de insolvencia de tal magnitud que se torna insalvable para el deudor.




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