miércoles, 8 de agosto de 2007

Resumen de la clase numero dos

La palabra comercio, esc un conjunto de normas destinadas a regir las relaciones jurídicas que se derivan del comercio y a resolver los conflictos que surjan entre comerciantes, en ocasión de los actos que en el comercio se realizan.


Comerciante
La persona que actúa o no personalmente, pero que asume en nombre propio todos los derechos y obligaciones, y por lo tanto, todos los beneficios, oí sufre todas las perdidas de su empresa, por lo que se configuran en tal virtud, derechos y obligaciones de la empresa sino del empresario.
Requisitos para reputar a un comerciante
1. Capacidad de ejercicio de los actos que la ley considera comercial.
2. Realización habitual de esa actividad.
3. Ejercicio en nombre propio.
Quienes pueden ser Comerciantes
Toda persona natural o jurídica puede ser comerciante, salvo en disposición en contrario de la ley. Principio Constitucional que toda persona puede dedicarse libremente a la actividad lucrativa de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en esta constitución y las que establece las leyes.


Prohibiciones para ejercer el comercio

  • Las de Derecho Publico: son las personas que estando al servicio de la República, no pueden negociar o celebrar contrato alguno con ella, ni por si, ni en representación de otra, salvo las excepciones que establece las leyes.
  • Las de Derecho Privado: estan establecida en el código de comercio y en algunas cláusulas estatutarias de determinadas sociedades.

    El estado no es comerciante; es decir, la Nación, los Estados, el Distritos y los Municipios no pueden asumir la cualidad de comerciantes, pero pueden ejecutar actos de comercio; y, en cuanto a estos actos, quedan sujetos a las leyes mercantiles.


La capacidad del comerciante
El comerciante debe tener la capacidad necesaria para obligarse y enajenar, pues, tanto en materia comercial, como en el derecho común, la capacidad es la regla y la incapacidad es la excepción.
Para poder ser comerciante, es necesario también, ser mayor de edad y encontrarse en el ejercicio pleno de sus derechos para una persona poder ser comerciante.
Los incapacitados de una manera absoluta no pueden ser comerciantes, tales como los interdictos judiciales o legales, y las personas provistas de un consultor judicial.
NuestraConstitucion, consagra, como de los tantos derechos inherentes a la pèrsonalidad humana, la libertad del trabajo, en la cual está comprendida la
Capacidad de goce del derecho de hacer el comercio. Sin embargo, existen, pues, personas que no gozan legalmente del derecho de hacer comercio.
En ese sentido, no podrán realizar comercio los interdictos, sean legales o judiciales. También conocen de la misma capacidad de goce, los menores de diez y ocho años. Tampoco pueden los menores realizar actos aislados de comercio.
Los negocios comerciales respecto de los cuales existen prohibiciones o restricciones. Por declararlos así especiales circunstancias, los particulares no pueden establecer empresas de transporte para el servicio de la correspondencia, monopolio del Estado, ni para el de las comunicaciones telegráficas, telefónicas, etc., que el comparte con determinados concesionarios, etc.


  • Obligaciones del comerciante
    El código de comercio impone a los comerciantes dos obligaciones: Tener determinados libros y llevarlos con regularidad, y, si son casados o que adoptan al contraer matrimonio.
    Los libros de comercio exigen tres razones, a saber:
  • La utilidad de estos para cada comerciante, le permite, en cualquier momento, informarse del Estado de sus negocios.
  • La circunstancia de ser general, esta obligación de tener y llevar los últimos libros, ha permitido atribuir valor probatorio al contenido de esto y dispensar a cada comerciante de la obligación de recurrir a la prueba escrita del derecho comun.
  • En el caso de quiebra de un comerciante, los libros por el tenidos y llevados constituyen la mejor fuente de informacion para investigar la causa de la misma y determinar si ha habido o no fraude (quiebra por bancarrota o quiebra simple).
    La ley exige solamente a los comerciantes tener y llevar en la forma que ella establece, estos tres libros: uno destinado al asiento diario de cada operación realizada en su comercio (libro diario), otro para copiar los inventarios que anualmente hagan (libro de iinventario), y un tercero para copiar las cartas que escriben (libro copiador de cartas).


Empresario es el que realiza actos de comercio como profesión habitual o tener preocupación habitual y ordinario el trafico mercantil no es cosa distinta a organizada los elementos necesarios para la producción de bienes o de servicios para el mercado.
El código de comercio define al comerciante como una categoría equivalente a la del empresario; en consecuencia deben ser entendidas como normas que atañen a los empresarios.


Efectos del registro de comercio

  • Efectos constitutivos; consiste en que la inscripción del respectivo documento, crea una nueva condición jurídica entre las partes y los terceros (eficacia total) o en defecto de su inscripción, el negocio jurídico o el acto no tiene efectos ante terceros(eficacia parcial)
  • Efectos Declarativos; es un acto celebrado entre las partes, y por lo tanto hace constar hechos, y porque no produce con el registro ningún efecto jurídico nuevo.

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